Ask The Rabbi

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categoría: 

Derechos de autor

Nombre del rabino: Rabino Jaim Frim

Con la tecnología que cambia rápidamente sin duda el siguiente escenario se está volviendo más común. Una persona que posee una cinta de video con derechos de autor deseará transferir el contenido del video al formato DVD. ¿Cuáles son las ramificaciones halájicas de tal acción? ¿Se puede hacer sin compensar a nadie? ¿Y qué se le permite a uno hacer con la vieja cinta de video es decir puede dársela a otra persona continuar usándola tan bien como el DVD etc?

: Según algunos de poskim la prohibición contra la infracción de los derechos de autor es financiera según la cual no se debe causar pérdidas financieras al propietario de los derechos de autor. Por lo tanto si el propietario no sufrirá ninguna pérdida financiera entonces no hay prohibición de copiar el material. Por lo tanto si alguien sabe que no compraría otra copia es permisible crear una copia de seguridad para sí mismo e incluso crear una a partir de una copia propiedad de otra persona nuevamente solo si está seguro de que no estaría dispuesto a pagar por tal copia (Rabí Naftali Bar-Ilan Tejumin 7 pp. 360-367).
De acuerdo con lo que probablemente sea la opinión mayoritaria entre los poskim el propietario de los derechos de autor puede mantener los derechos financieros sobre el propio casete y prohibir la copia de cualquier tipo incluso con el propósito de crear una copia de seguridad en tal caso ir en contra de los deseos del propietario constituye una transgresión de guezel robo. Por lo tanto cada uno de estos casos debe tratarse por derecho propio. Uno debe verificar si el propietario del contenido prohibió la copia o si permitió la copia para fines específicos (Rabbi Goldberg Tejumin 6 pp. 185-207).
En los casos en que el propietario del contenido no especificó cuándo y cómo está permitido crear otra copia y solo aparece un símbolo de copyright en el contenido uno debe seguir la ley de su país de residencia de acuerdo con el principio de que la ley del reino es la ley incluso de acuerdo con la primera opinión.
En general la transferencia de contenido con derechos de autor de un formato a otro sin el permiso del propietario de los derechos de autor es un acto de infracción de derechos de autor. Sin embargo hay algunas excepciones a esta regla. Por ejemplo es posible que una persona esté legalmente autorizada a transferir contenido con derechos de autor para uso personal como hacer una copia de seguridad de una película que posee.
En el caso específico de una persona que desea transferir el contenido de una cinta de video con derechos de autor a un DVD hay algunas consideraciones halájicas adicionales que deben tenerse en cuenta.
En primer lugar la persona debe asegurarse de que la cinta de video sea suya. Si la cinta de video fue alquilada o prestada la persona no está legalmente autorizada a transferir su contenido.
En segundo lugar la persona debe asegurarse de que la transferencia no viole las leyes de derechos de autor. Si la cinta de video contiene contenido con derechos de autor la persona debe obtener el permiso del propietario de los derechos de autor antes de transferirlo.
Si la persona cumple con estos requisitos entonces la transferencia de contenido de la cinta de video a un DVD es halájicamente permisible. La persona no está obligada a compensar a nadie por la transferencia.
Una vez que la persona haya transferido el contenido de la cinta de video a un DVD puede hacer lo que quiera con la vieja cinta de video. Puede conservarla regalarla o desecharla.
Sin embargo es importante tener en cuenta que la vieja cinta de video aún puede contener contenido con derechos de autor. Si la persona decide conservar la vieja cinta de video debe asegurarse de que la use de una manera que no viole las leyes de derechos de autor.
En resumen la transferencia de contenido de una cinta de video con derechos de autor a un DVD es halájicamente permisible si la persona cumple con los siguientes requisitos:
• La cinta de video es propiedad de la persona.
• La transferencia no viola las leyes de derechos de autor.
Una vez que la persona haya transferido el contenido de la cinta de video a un DVD puede hacer lo que quiera con la vieja cinta de video.
Rabí Naftali Bar-Ilan Tejumin 7 pp. 360-367.
Tejumin 6 pp. 185-207.

Fuentes