Ask The Rabbi

Ask The Rabbi

categoría: 

Dejar de alquilar a un Shul

Nombre del rabino: Rabino Jaim Frim

Soy dueño de una propiedad que he estado alquilando a un shul durante años pero ahora quiero venderla. Los miembros del shul dicen que no tengo derecho a hacerlo porque mi venta cerrará efectivamente el shul lo cual está prohibido así que debo continuar con el alquiler. ¿están en lo correcto?

No podemos entrar en cuestiones de “Joshen Mishpat” de cuándo un propietario puede sacar a un inquilino de la propiedad por alquiler (ver Shuljan Aruj CM 312). Más bien nos ocuparemos de las cuestiones de “Oraj Jaim” de cerrar un shul suponiendo que de lo contrario se le permitiría finalizar el alquiler.
En primer lugar bajo ciertas circunstancias y condiciones uno puede vender una sinagoga (ver Shulján Aruj Oraj Jaim 153:6-7). Una condición básica es que los líderes comunitarios tomen la decisión de manera seria de que el paso es en el mejor interés de la comunidad. En este caso la comunidad quiere quedarse con el shul por lo que debemos ver si el hecho de que sea alquilado en lugar de propio hace la diferencia.
La guemará (Meguilá 26a) cita la decisión de Rabanan de que la parte de la ciudad donde se realizan las oraciones en los días de ayuno público carece de santidad porque la oración se realiza allí de forma ad hoc. El Beit Yosef (Oraj Jaim 154) cita a Mahari Ibn Chaviv diciendo que los batei kneset de su tiempo/lugar carecían de kedushá porque se esperaba que fueran usados por un tiempo limitado en secreto hasta que las autoridades los retiraran. Algunos (incluidos Shut Jatam Sofer Ioré Deá 225 Mijtam LeDavid Oraj Jaim 5) dicen que el factor crítico en su caso es la falta de seguridad incluso a corto plazo. Sin embargo el Shulján Aruj (Oraj Jaim 154:2) implica que con respecto a cualquier alquiler donde el uso continuo de las instalaciones por parte de la congregación depende del acuerdo del propietario no hay kedushá (ver Mishná Berurá 154:4). Se hacen distinciones incluida la duración de la renta (Mishbetzot Zahav 154:1) y si la renta es por un tiempo determinado o indefinido (ver la opinión citada por Piskei Teshuvot 154:2). Sin embargo todos parecen estar de acuerdo (ver Jatam Sofer ibíd.) en que cuando termina el período de alquiler cesa el estatus de beit kneset. Poskim asume que ningún estado de beit kneset puede impedir que un arrendador suspenda legalmente el alquiler. (Es cierto que algunas de las fuentes se relacionan con propietarios no judíos pero algunas hablan de judíos (incluido Divrei Yatziv OC 78) y las fuentes básicas no distinguen).
En ciertos casos podría decirse que otro factor juega un papel. La guemara (Bava Batra 26b) dice que una comunidad no puede derribar una sinagoga antes de asegurar su reemplazo. Esto va más allá del asunto de la kedushá ya que se aplica incluso si solo están renovando la sinagoga para un uso futuro mejorado (ver Mishná Berurá 152: 2). Más bien es un motivo de preocupación que la comunidad por un corto o posiblemente largo tiempo (ver guemara) estará sin un beit knesset apropiado. Se podría haber argumentado que esta preocupación debería evitar que un propietario cierre un shul si no hay una alternativa adecuada.
La Mishná Berurá (152:3) cita la opinión de varios Ajaronim de que una comunidad que alquila un beit hakneset no puede abandonar el alquiler antes de asegurar una ubicación de reemplazo. Hablan de la permisibilidad de los pasos de la comunidad no del propietario. No se puede inferir que no hay prohibición sobre el propietario porque el contexto de la fuente principal de esta halajá (Eliya Rabá 152: 1 en el nombre de Najalat Shiva) es de un propietario no judío que obviamente no tiene obligación de preocuparse sobre batei knesset. Sin embargo dado que la comunidad está obligada a buscar alternativas a los shuls de alquiler la preocupación no tiene por qué recaer en el propietario. Comprender que los propietarios no pueden desalojar a un inquilino sin darle suficiente oportunidad de encontrar una alternativa (Shulján Aruj Joshen Mishpat 312:5). Una vez que se advierte a la comunidad están obligados a buscar una alternativa como construir su propio shul (puede ser preferible) o buscar otro lugar de alquiler.
Dicho esto puede haber circunstancias en las que al menos el espíritu de la ley requiera dar a la comunidad un período de advertencia especialmente largo para garantizar su capacidad de encontrar un beit knesset alternativo.

Fuentes

Shulján Aruj (Oraj Jaim 154:2

Divrei Yatziv Oraj Jaim 78

Shulján Aruj Joshen Mishpat 312:5