Ask The Rabbi

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Cuando un compromiso escrito u oral de dar tzedaka es vinculante

Nombre del rabino: Rabino Itzjak Arad

Si al evaluar mi maaser kesafim escribí en un pedazo de papel de desecho x número de shekels para ser dado a una organización ¿eso me obliga a dar a esa organización específica o puedo decidir darlo en otro lugar? Supongo que la pregunta es la misma si dije que daré x número de shekels a una persona y luego decido que quiero darlo en otro lugar.

Cuando una persona dice: Le daré una cierta cantidad como tzedaká su declaración es complaciente y no puede renegar de ella. La Guemará aprende esto del verso: observarás y llevarás a cabo lo que surja de tus labios así como juraste un regalo voluntario a Hashem tu Dios lo que hablaste con tu boca. Devarim 2324 la Guemará explica que este versículo también se refiere a la caridad sin embargo poskim no está de acuerdo en cuanto al caso en que uno dice daré una cierta cantidad a cierta persona pobre ya sea que pueda o no cambiar el propósito de la caridad y dársela a una persona pobre diferente. Ver Tratado Arajin 6b las dos opiniones traídas en el Tosafot sobre la sección que comienza con las palabras ad shelo bata en el Shulján Aruj Ioré Deá 258:12 los comentarios de Rabí Akiva Eiger traen ambas opiniones y también lo hace el Gilyon HaMaharsha.
Ketzot HaJoshen 212: 4 explica que la pregunta es si la expresión solo impone una obligación a la persona misma entonces uno puede cambiar el destinatario de la caridad y dársela a otra persona; o se considera como si el pobre hombre hubiera adquirido el dinero a través de esta declaración al igual que con respecto a Hekdesh cosas dedicadas a Dios donde a través de la expresión misma el dinero se convierte en propiedad del Beit Hamikdash.
Mientras que en lo que respecta a las declaraciones es una cuestión simple que hay una obligación sobre la persona ya que esto es un voto en cuanto a la escritura la cuestión no es tan simple. Rabí Akiva Eiger en Responsa I 30 trata esta cuestión y no llega a ninguna conclusión. Hay un desacuerdo sobre este tema entre el Javot Iair y el Shev Iaakov.
Resumen:
Expresión – Al hablar uno está obligado a dar la cantidad que especificó. Los Ajronim no están de acuerdo en cuanto a si está obligado o no a entregarlo al destino especificado.
Escritura – Los Ajronim no están de acuerdo en cuanto a si uno se obliga o no a sí mismo a través de la escritura.
Hay que mencionar dos notas:
Si uno especifica que el destino de la caridad sea una institución no necesariamente se convierte en obligado por ejemplo hay un desacuerdo con respecto a alguien que especificó dar el dinero a un talmid jajam que no es pobre y tiene suficiente para vivir ya sea que se vea obligado o no. Esto depende de la cuestión de si un compromiso verbal es vinculante o no solo cuando se compromete a dar a alguien que es pobre o a alguien.
Hay muchas instituciones hoy en día que aunque es muy importante donarles no se consideraría como dar a los pobres.
Incluso aquellos que dicen que uno puede cambiar el destino del dinero de una persona pobre a otra uno necesita asegurarse de que no cambie el destino de un caso en el que el dinero sería una verdadera caridad para una persona pobre a un destino donde el dinero no va a la gente pobre como un hospital o ieshiva.
Devarim 2324.
Tratado Arajin 6b.
Shulján Aruj Ioré Deá 258:12.

Fuentes