Si es una cantidad que, si la persona dijera que ya te pagó, podrías perdonarlo y no llevarlos a un Din Torá (invitación a licitar en una corte rabínica según la ley de la Torá), entonces no necesita testigos u otra fundamentación. Sin embargo, si ese no es el caso, debe tener testigos. Por cierto, una nota de pagaré con la firma del prestatario sería bastante bueno.